Vigencia: desde año 2.005
Actualización nº: 5
Por la presente se informa a todos aquellos practicantes de Karate Do Shotokan que quieran inscribirse en la única asociación que representa oficialmente en España a la Shotokan Karate Do International Federation (S.K.I.F) del maestro Hirokazu Kanazawa (10º DAN), los requisitos que son imprescindibles cumplir así como las ventajas que pueden disfrutar por pertenecer a esta asociación.
DERECHOS
• Pertenecer a una de las federaciones más importantes del mundo de Shotokan, con una representación en más de 130 países.
• Pertenecer a la única asociación española que puede representar a S.K.I.F en el territorio nacional, así como en las actividades internacionales que organice S.K.I.F. lo que implica que la titulación obtenida por S.K.I.F carece de todo su valor si no se pertenece a esta asociación.
• Participar en las Asambleas que organice la asociación y tener derecho a voto para marcar las pautas en las que se desarrollará esta asociación. Para tener derecho a voto se deben tener 18 años cumplidos y ser cinturón negro de S.K.I.F. y estar al corriente de pago.
• Participar en la realización del calendario de actividades
• Descuento en las actividades que organice la asociación.
• Los instructores podrán disfrutar de cursos de actualización y entrenamientos especiales que se realizan para una puesta en común entre todos los profesores nacionales.
• Participación en los campeonatos, mundiales y demás eventos que se realicen fuera de nuestras fronteras y que organice la S.K.I.F. Aunque para competir a escala internacional, primero hay que pertenecer al equipo nacional.
• Participar en los cursos que realice S.K.I España para todos sus miembros.
• Información de cursos, seminarios y actividades que se realizan en el extranjero.
OBLIGACIONES
• Pago anual de la licencia.
• Participar en todas las actividades que realice la asociación. Cuando no se pueda asistir, se deberá notificar al propio instructor y éste a la organización de dicho evento con una semana mínima de adelanto a la realización de dicha actividad. La falta de asistencia a los cursos, seminarios y demás eventos que organice S.K.I.España y que no estén debidamente justificados , supone la falta de interés en el buen funcionamiento de la asociación e implica la posibilidad de expulsión y no-devolución de las cuotas pagadas en el año en curso.
• Con relación a la titulación de la S.K.I.F, sólo se reconocen los títulos otorgados por la propia asociación con exámenes realizados en los distintos seminarios que se realicen con maestros con capacidad de examinar.
• En cuanto a la homologación de títulos de grados, se distinguen dos supuestos.
4.1.- los instructores que quieran homologar su título, deberán estar afiliados en la asociación al menos un año para acceder al examen de 1er Dan, a partir de ese momento se suprimen los tiempos de espera entre grados y se podrán ir examinando hasta su nivel actual (una vez al año máximo y con el visto bueno de H.Kanazawa). Siendo requisito imprescindible , afiliar a todos sus alumnos y cumplir la normativa interna. Todos los casos excepcionales para agilizar el derecho a examen deberán estar aprobados por el Director Técnico de S.K.I España Jesús Fernández Martínez y debidamente autorizados por Japón.
4.2.- Las personas con titulación que quieran acceder a exámenes con el propio H.Kanazawa, u otros instructores similares, podrán hacerlo, teniendo presente las siguientes:
4.2. (a) – Licencias:
• Para 3º kyu – 1 licencia
• Para 1º kyu – 2 consecutivas ó 3 alternas, desde el ultimo examen
• Para 1º Dan – 3 consecutivas ó 4 alternas, desde el ultimo examen
• De 1º a 2ºDan – 2 consecutivas ó 3 alternas, desde el ultimo examen
• De 2º a 3ºDan – 3 consecutivas ó 5 alternas, desde el ultimo examen
• De 3º a 4ºDan – 4 consecutivas ó 6 alternas, desde el ultimo examen
• A partir de 4º Dan, a petición de Kancho Kanazawa.
4.2. (b) – Edad:
• 1º dan – 16 años
• 2º dan – 18 años
• 3º dan – 21 años
• 4º dan – 25 años
• A partir de 4º Dan, a petición de Kancho Kanazawa
4.2. (c) – Cursos:
• Para 1º dan – 5 cursos
• De 1º a 2º dan – 3 cursos, desde el ultimo examen
• De 2º a 3º dan – 5 cursos, desde el ultimo examen
• De 3º a 4º dan – 6 cursos, desde el ultimo examen
• A partir de 4º Dan, a petición de Kancho Kanazawa
Los cursos referidos son los que organiza S.K.I. España, y no tendrán validez si no están firmados y sellados en el carné de curso por la organización.
Todo socio que quiera examinarse en el extranjero tendrá que pedir permiso por escrito a la Junta Directiva, de no hacerlo, podrá incurrir en una falta grave, pudiendo ser expulsado de la Asociación, salvo casos excepcionales.
El derecho a tener la titulación oficial de S.K.I.F con reconocimiento a nivel mundial en los dojos pertenecientes a dicha federación, implica que se deben cumplir con los requisitos de esta normativa y colaborar en las actividades organizadas por S.K.I España.
INFORMACIÓN ADICIONAL
S.K.I España informa que Japón sólo reconoce sus títulos expedidos a miembros pertenecientes a nuestra asociación y que dejan de tener valor y pierden su registro en el Hombu Dojo, aquella titulación perteneciente a personas que no están inscritas en nuestra asociación.
Todas estas normas son susceptibles de cambios y mejoras para adaptarse a las nuevas situaciones que se presenten para el buen funcionamiento de la asociación. De todos los cambios, la S.K.I España se compromete a informar a sus socios.
D. Miguel Piédrola
Presidente